¡Muy buenas emprendedores! En el episodio de hoy, y siguiendo con el episodio anterior, vamos a hablar sobre cómo funciona el IVA.
Igual que hicimos con el episodio del IRPF, no vamos a explicar al detalle el impuesto, sino que me centraré en que entendáis el concepto y el funcionamiento básico del impuesto, ya que es otro impuesto bastante complejo y con muchas particularidades, que no daría para un sólo episodio del podcast.
Igualmente, si os queda alguna duda sobre el IVA, preguntad en vuestra gestoría, que es quien os podrá asesorar en vuestro caso concreto en materia fiscal.
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Qué es el IVA
El IVA es un impuesto de naturaleza indirecta que grava el consumo. Como su propio nombre indica (Impuesto sobre el Valor Añadido), sirve para recaudar dinero del consumidor final.
Por ello, se dice que es un impuesto en cascada, ya que, aunque las empresas tienen que declararlo, las empresas realmente no pagan el IVA. Las empresas sirven como entidades recaudatorias, que capturan el impuesto de los consumidores y lo llevan a Hacienda.
Este impuesto grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, y también las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.
Hay 2 conceptos que es muy importante que entiendas como emprendedor:
- El IVA repercutido: es lo que la empresa recauda de sus clientes en las facturas
- El IVA soportado: es lo que la empresa paga por IVA al hacer cualquier compra o al pagar cualquier factura.
¿Y si antes hemos dicho que las empresas no pagan el IVA, qué es esto del IVA soportado?
A ver, sí que lo pagan, pero luego te lo devuelven. Es decir, todo el IVA que la empresa “soporta” en las facturas que paga, luego se descuenta en su declaración del IVA, por lo que al final, la empresa no paga el IVA.
Qué tipos de IVA existen
En el IVA, hay varios tipos impositivos diferentes, que gravan diferentes categorías de productos y servicios. Los tipos que hay son:
- El tipo general, que en 2021 es del 21%
- El tipo reducido del 10%: se usa para gravar determinados alimentos, algunos medicamentos, material sanitario, semillas, transporte de viajeros, hostelería, etc.
- El tipo superreducido del 4%: este tipo grava artículos de necesidad básica, como el pan, la leche, los libros y periódicos, determinados medicamentos, vehículos para personas con movilidad reducida, prótesis, viviendas de protección oficial, etc.
- Por último, comentar que hay determinadas actividades que están exentas de IVA, como la formación reglada o determinadas actividades relacionadas con la salud (como las consultas de los psicólogos).
El IVA en las operaciones con países extranjeros
También es importante destacar que, a todo lo mencionado anteriormente, hay que sumar que hay particularidades que afectan a las operaciones con países extranjeros.
- Cuando vendemos a un país de la UE, la factura irá con el IVA español siempre y cuando el cliente sea un particular, y la factura se emitirá sin IVA si el cliente es un empresario. En caso de que lo que vendamos sea un producto o servicio digital, el IVA que le cargaremos a los clientes particulares será el de su propio país, y no el español.
- Cuando vendemos a un país que está localizado fuera de la UE (es decir, hacemos una exportación), la factura irá con el IVA español siempre y cuando el cliente sea un particular, pero irá también sin IVA cuando el cliente sea un empresario. Aquí, por lo general, cuando vendemos productos o servicios digitales, no suele aplicarse el IVA a los clientes particulares, ya que no están en la UE.
Si lo que vendemos son productos o servicios digitales, lo que suele hacerse en Internet es cobrar a todos los clientes el mismo importe (independientemente del IVA) y asumir el empresario el IVA. De esta forma, un cliente mexicano pagará lo mismo que uno francés o uno español, y ya nosotros internamente aplicaremos el IVA correspondiente (así evitas que un francés se haga pasar por un mexicano para no pagar el IVA).
Cómo y cuándo se paga el IVA
Por último, vamos a explicar brevemente cómo se declara este impuesto.
Centrándonos en el régimen general de tributación para empresarios individuales y profesionales (que es el que entiendo que a más gente le va a interesar), lo que se hace es repercutir a los clientes el IVA correspondiente según el tipo de operación (será del 4%, del 10% o del 21%). Todo lo que recaudemos a través de nuestras facturas, formará nuestro IVA repercutido.
Además, los proveedores también nos repercutirán el IVA en sus facturas, formando lo que se llama el IVA soportado.
Al igual que hacíamos con el IRPF, una vez cada trimestre (en abril, julio, octubre y enero), haremos nuestra declaración del IVA a través del modelo 303, donde detallaremos todo nuestro IVA repercutido y nuestro IVA soportado. En caso de que hayamos repercutido más de lo que hayamos soportado (que es lo habitual), ingresaremos la diferencia en Hacienda.
Por ello, si queréis desgravaros el IVA de los gastos de vuestro negocio, debéis pedir y guardar las facturas de vuestros proveedores.Espero que te haya gustado este capítulo del podcast, y si es así, no olvides darle me gusta, suscribirte al podcast, compartirlo, y por supuesto, pasarte por La Emprescuela en laemprescuela.com. ¡Nos vemos en el siguiente capítulo!
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